¿Que examenes preferis?

martes, 27 de abril de 2010

Examenes finales

Exámenes últimos del año

Éxamen de alimentación y nutrición familiar ( ANF): día 30 de abril

Éxamen de necesidades físicas y psiquícas (NFP): día 4 de mayo

Éxamen de atención y apoyo psicosocial (AAP): día 5 de mayo

Éxamen de atención socio sanitaria (ATS): día 7 de mayo

Experto del tema 6 de apoyo domiciliario (ADO): día 17 de mayo

Éxamen del tema 6 de apoyo domiciliario (ADO): día 18 de mayo

Éxamen del tema 8 de atención y apoyo psicosocial (ADO): día 21 de mayo

Éxamen de las recetas de (ADO): día 24 de mayo

Éxamen de recuperación de todo el curso de atención y apoyo psicosocial (AAP): día 27 de mayo

Éxamen de recuperación de todo el curso de apoyo domiciliario (ADO): día 31 de mayo

lunes, 26 de abril de 2010

18. busca en internet los términos prestación subsidio y subvención.

Prestación: servicio o ayuda que una persona, una institución o una empresa ofrece a otra.


Subsidio: se aplica para estimular artificialmente el consumo o la producción de un bien o servicio, es lo contrario a los impuesto


Subvención: es una ayuda económica, generalmente oficial para costear o sostener el mantenimiento a una actividad.


Son prestaciones económicas y se la dan a las personas dependienso su necesidad

domingo, 25 de abril de 2010

martes, 20 de abril de 2010

Recursos y servicios para personas con necesidades específicas


- Servicio de ayuda a domicilio: Es un servicio de ayuda a la persona o ala familia, que se presta a domicilio aplicando un programa individualizado de carácter asistencial, educativo, preventivo y rehabilitador.

- Teleasistencia: Es un servicio que garantiza a sus usuarios una atención personal de 24 horas del día y todos los días del año, sin moverse de su domicilio, aprovechando las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías.

- Centros de residenciales: Son centros de alojamiento y convivencia que tienen una función sustitutoria del hogar familiar, ya sea de forma temporal o permanente y en ellos se presta la persona mayor a una atención integral.

- Centros de día: son centros en los que se atiende durante unas horas al día a las personas mayores que cuentan con el apoyo social suficiente para residir en su medio habitual.

- Programa de respiro familiar: es un conjunto de actuaciones dirigidas a prestar una atención integral a la persona mayor, para atenderlo temporalmente en centros residenciales, en periodos que oscilen entre veinticuatro horas y un mes, con carácter prorrogable.

- Programas de apoyo a las familias durante los fines de semana: consisten en un servicio en el que una persona cualificada se desplaza al domicilio para acompañar y atender a ala persona mayo en todo lo que precise, mientras los familiares o el cuidador principal se toma un respiro durante los fines de semana.

- Programas de termalismo social: Son unos programas de tratamiento termal en un balneario, previa prescripción facultativa.

- Programas de turismo social: son unos programas de vacaciones que permiten a las personas mayores realizar actividades lúdicas y de ocio.

- Programas de respiro familiar: son programas destinados a colaborar con la familias y cuidadoras de personas con discapacidad dependientes, a las que se presta apoyo mediante un servicio residencial de duración variable en periodos que oscilan entre veinticuatro horas y un mes por el motivo de de descanso, enfermedad de la persona cuidadora.

- Centros de noche: Los centros de noche ofrecen sus servicios a aquellas personas que no pueden valerse por sí mismas o que no pueden recibir cuidados por la noche por parte de sus cuidadores habituales. También se dirigen a enfermos de Alzheimer o con otro tipo de demencias neurodegenerativas, que necesitan una supervisión continua las 24 horas del día. El objetivo de este tipo de unidades es aumentar o mantener el mejor nivel posible de autonomía personal del paciente. Asimismo, permite a los cuidadores un respiro familiar y descanso nocturno o compatibilizar su actividad laboral con el cuidado de los mayores. Las estancias nocturnas, que pueden ser temporales o no, también buscan proporcionar a los familiares periodos de descanso para recobrar fuerzas y poder continuar con el cuidado de sus enfermos en buenas condiciones. Esta medida de respiro incide positivamente en las dinámicas interfamiliares ya que los cuidadores aprenden a enfrentarse a las posibles situaciones de estrés que pueden surgir ante los cuidados continuos. Las distintas administraciones públicas y las entidades especializadas en ofrecer servicios a las personas mayores han manifestado su intención de potenciar la asistencia en centros de noche, tal y como se recoge en la Ley de Dependencia. Sin embargo, los pocos centros que ofrecen este servicio disponen de un número de plazas limitado y muy pocas de estas plazas están ocupadas.
El procedimiento para solicitud y cuotas se pueden recoger en los ayuntamiento y en las delegaciones de las consejería de asuntos sociales, donde se indicaría la documentación necesaria.

SECCIÓN II. PRESTACIONES ECONÓMICAS.

Artículo 17. Prestación económica vinculada al servicio.

1. La prestación económica, que tendrá carácter periódico, se reconocerá, en los términos que se establezca, únicamente cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado, en función del grado y nivel de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario, de acuerdo con lo previsto en el convenio celebrado entre la Administración General del Estado y la correspondiente Comunidad Autónoma.

2. Esta prestación económica de carácter personal estará, en todo caso, vinculada a la adquisición de un servicio.

3. Las Administraciones Públicas competentes supervisarán, en todo caso, el destino y utilización de estas prestaciones al cumplimiento de la finalidad para la que fueron concedidas.

Artículo 18. Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.

1. Excepcionalmente, cuando el beneficiario esté siendo atendido por su entorno familiar, y se reúnan las condiciones establecidas en el artículo 14.4, se reconocerá una prestación económica para cuidados familiares.

2. Previo acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, se establecerán las condiciones de acceso a esta prestación, en función del grado y nivel reconocido a la persona en situación de dependencia y de su capacidad económica.

3. El cuidador deberá ajustarse a las normas sobre afiliación, alta y cotización a la Seguridad Social que se determinen reglamentariamente.

4. El Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia promoverá acciones de apoyo a los cuidadores no profesionales que incorporarán programas de formación, información y medidas para atender los periodos de descanso.

Artículo19. Prestación económica de asistencia personal.

La prestación económica de asistencia personal tiene como finalidad la promoción de la autonomía de las personas con gran dependencia. Su objetivo es contribuir a la contratación de una asistencia personal, durante un número de horas, que facilite al beneficiario el acceso a la educación y al trabajo, así como una vida más autónoma en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria. Previo acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, se establecerán las condiciones específicas de acceso a esta prestación.
Ley 39/2006, de 14 de diciembre

Promoción de la autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia.

Artículo 6. Finalidad del Sistema.

1. El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia garantiza las condiciones básicas y el contenido común a que se refiere la presente Ley; sirve de cauce para la colaboración y participación de las Administraciones Públicas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, en materia de promoción de la autonomía personal y la atención y protección a las personas en situación de dependencia; optimiza los recursos públicos y privados disponibles, y contribuye a la mejora de las condiciones de vida de los ciudadanos.

2. El Sistema se configura como una red de utilización pública que integra, de forma coordinada, centros y servicios, públicos y privados.

3. La integración en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de los centros y servicios a que se refiere este artículo no supondrá alteración alguna en el régimen jurídico de su titularidad, administración, gestión y dependencia orgánica.

Artículo 7. Niveles de protección del Sistema.

La protección de la situación de dependencia por parte del Sistema se prestará en los términos establecidos en esta Ley y de acuerdo con los siguientes niveles:

1.El nivel de protección mínimo establecido por la Administración General del Estado en aplicación del artículo 9.

2.El nivel de protección que se acuerde entre la Administración General del Estado y la Administración de cada una de las Comunidades Autónomas a través de los Convenios previstos en el artículo 10.

3.El nivel adicional de protección que pueda establecer cada Comunidad Autónoma.



CAPÍTULO II.PRESTACIONES Y CATÁLOGO DE SERVICIOS DE ATENCIÓN DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA.
SECCIÓN I. PRESTACIONES DEL SISTEMA.

Artículo 13. Objetivos de las prestaciones de dependencia.

La atención a las personas en situación de dependencia y la promoción de su autonomía personal deberán orientarse a la consecución de una mejor calidad de vida y autonomía personal, en un marco de efectiva igualdad de oportunidades, de acuerdo con los siguientes objetivos:

1.Facilitar una existencia autónoma en su medio habitual, todo el tiempo que desee y sea posible.

2.Proporcionar un trato digno en todos los ámbitos de su vida personal, familiar y social, facilitando su incorporación activa en la vida de la comunidad.


Artículo 16. Red de servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

1. Las prestaciones y servicios establecidos en esta Ley se integran en la Red de Servicios Sociales de las respectivas Comunidades Autónomas en el ámbito de las competencias que las mismas tienen asumidas. La red de centros estará formada por los centros públicos de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales, los centros de referencia estatal para la promoción de la autonomía personal y para la atención y cuidado de situaciones de dependencia, así como los privados concertados debidamente acreditados.

2. Las Comunidades Autónomas establecerán el régimen jurídico y las condiciones de actuación de los centros privados concertados. En su incorporación a la red se tendrá en cuenta de manera especial los correspondientes al tercer sector.

3. Los centros y servicios privados no concertados que presten servicios para personas en situación de dependencia deberán contar con la debida acreditación de la Comunidad Autónoma correspondiente.

4. Los poderes públicos promoverán la colaboración solidaria de los ciudadanos con las personas en situación de dependencia, a través de la participación de las organizaciones de voluntarios y de las entidades del tercer sector.
Mis recetas de cocina


1º plato (entrante)

Champiñones revueltos

Ingredientes: aceite, sal, dos dientes de ajo, champiñones, taquitos de jamón serrano, huevos y queso rallado.

Elaboración
Se echa el aceite en la salten se espera a que se caliente el aceite una vez que este caliente le echamos el ajo picadito, después le echamos el jamón serrano, luego los champiñones y los huevos y lo movemos hasta de se revuelva todo, le echamos el queso rallado y lo dejamos hasta que se funda un poquito, y si el usuario desea echarle sal o pimienta.

Duración: 15 o 20 min. aprox.

2º plato

sopa campera

Ingredientes: aceite, sal, tomate, pimiento, espárrago, ajo, cebolla, habas, jamón serrano, pan duro y dos huevos

Elaboración
Se echa el aceite en la salten se espera a que se caliente el aceite una vez que este caliente le echamos el tomate el pimiento los espárragos el ajo la cebolla las habas el jamón serrano y hacemos un refrito una vez que este ya todo bien refrito troceamos el pan en una fuente y le echamos el refrito encima del pan y lo movemos para que se mezcle todo bien y por último le echamos los dos huevos por encima.

Duración: 30min. Aprox.


3º plato (postre)

Fresa con plátanos y nata

Ingredientes: fresa, plátano, chocolate rallado y nata

Elaboración: se trocea la fruta y se le echa el chocolate rallado y por último se le echa la nata pro encima.

Duración: unos 5 min. Aprox.